Foro 2 octubre. Decálogo núm. 5: «No matarás». La pena de muerte. 2016-III.

Poster No matarásLeer el artículo 4o.  de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Protoco adicional a la CADH relativo a la abolición de la pena de muerte. Posteriormente vea la película Decálogo 5: «No matarás», del director polaco Krzysztof Kieslowski y, de acuerdo a los instrumentos de Derecho Internacional y el caso abordado en la película,  comente los siguientes puntos:

  • ¿Cómo se aborda la conducta antisocial  y la pena de muerte como medida represiva en la película?
  • ¿Cuál es la posición de la OEA y de la Unión Europea ante la pena de muerte? ¿Comparte esta posición?

Trescientas palabras mínimo.

Para saber más:

Gómez Lourdes, «El verdugo eficiente e imperturbable», El País, 30 de abril de 2006.

Película: Pierrepoint: The Last Hangman (Pierrepoint: el último verdugo).

Fecha límite: 17 de octubre de 2016.

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19 respuestas a Foro 2 octubre. Decálogo núm. 5: «No matarás». La pena de muerte. 2016-III.

  1. Francisco Raul Padilla Huergo dijo:

    El derecho a la vida, ese derecho inalienable de todo ser humano, ratificado en esta parte del globo terráqueo por la Comisión Americana de los Derechos Humanos, en la cual se expresa que todos tenemos derecho a la vida. Pero que conlleva ese derecho, ¿Es acaso, llevar una vida plena?, Hacer lo que los demás esperan que haga con mi vida, ¿Como si fuera de ellos? ¿De acuerdo a los estándares social y religiosamente aceptados?, esa sería una opción, vivir como la sociedad me dice que lo haga, hacer algo productivo con mi vida mientras la tenga.

    Pero ¿Qué pasaría si en algún momento de mi vida, me toca quitar una? Sin importar las circunstancias en que se hubiese dado, la otra persona, falleció, ya no podrá seguir adelante con sus planes, haciendo lo que estaba destinado a hacer, todas sus metas, ilusiones, toda esencia de su humanidad ya no está más aquí. En ese sentido, me tocaría a mi ser el victimario, el asesino, quien puso fin a la vida de una persona.

    ¿Qué castigo se me debe imponer por haber realizado ese acto? Cualquier castigo sería insuficiente, ya que ninguno castigo impuesto podrá tener como recompensa el devolverle a esa persona la vida. Entonces por esencia, cualquier castigo impuesto, sería un acto de venganza.

    Entonces si esa vida lo hubiese tomado por placer, por sentir la adrenalina correr por mis venas, por sentirme vivo mientras quito una vida. ¿Entonces está justificado que mi castigo sea terminar con mi propia vida? Un acto de venganza como consecuencia de haber realizado el acto más ruin en contra de la vida, que es terminar con ella. Vida por Vida, Sangre por sangre.

    Así, la pena de muerte se convierte en el más puro acto de venganza, que no es, irónicamente, para vengar la vida de quienes se las han arrebatado, sino un acto de venganza para consagrar a la muerte en sí.

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  2. Ezequiel espinoza dijo:

    No mataras
    Toda persona tiene derecho a la vida, este derecho lo obtenemos desde el momento de la concepción, según la convención americana de derechos humanos. Pero qué pasa cuando una persona te la arrebata arbitrariamente, la pena de muerte basada en la película “NO MATARAS” es un tema muy controversial en donde cada persona tiene un distinto punto de vista.
    La película narra un sujeto con conductas antisociales, el cual no siente ningún remordimiento al arrebatar la vida de otra persona, en donde después de un juicio deciden llevar a cabo hacia el la pena de muerte.
    Este tema desde mi punto de vista tiene una doble moral, ya que por un lado es cierto que nadie tiene el derecho de privarnos de la vida, pero por otro como una persona puede estar privando la de otras, para mí la razón no es ninguna excusa ya que existen otras maneras de sancionarlo según sea el caso.
    Por otro lado el protocolo a la convención sobre derechos humanos en uno de sus puntos nos dice que la pena de muerte impide una rehabilitación al procesado, enmendarlo, subsanar su error judicial, la verdad es que yo creo que existen personas las cuales son imposibles de rehabilitar y que es muy poco probable que puedan aportar algo positivo a la sociedad.
    La organización de los estados americanos (OEA) es un protocolo en el cual queda abolida la pena de muerte y los estados que decidan adherirse a este están de acuerdo en que la pena de muerte no se lleve a cabo, protocolo en el cual se encuentra nuestro país en donde esta actividad está prohibida y no existirá regresión alguna.
    En conclusión y como mencione anteriormente la vida es un derecho inalienable, pero hay personas que en realidad hacen tanto daño que no lo merecen.

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  3. Miriam Aydee Ayala Pérez dijo:

    Película ¨No matarás¨ y la pena de muerte.
    Al hablar de la pena de muerte, abordamos un tema sumamente grave y debatido puesto a la posición en la que nos encontramos como sociedad; dado que podemos aceptarla u objetarla dependiendo siempre desde que prospecto la estemos considerando, por ejemplo: si estuviéramos expuestos a ser condenado a pena de muerte nosotros mismos o algún familiar o amigo, estaríamos en desacuerdo objetaríamos la violación de nuestro derecho, pero sin embargo; si alguno de nuestros familiares o amigos fuera víctima de alguno de los delitos más graves, exigiríamos que este castigo fuese aplicado contra el culpable de dicho acto. Es así como se presta a muchas controversias de aceptación o repudiación de la pena capital.
    En la película ¨no matarás¨ nos relata la historia de un joven el cual se comporta de una manera agresiva ante la sociedad, muestra indiferencia y represión ante ésta, lo cual sus comportamientos cada vez son más agravantes para su entorno y lo orillan a cometer un delito y la consecuencia que obtuvo ante la justicia fue la SENTENCIA a la PENA DE MUERTE.
    Es importante señalar este suceso ya que podemos observar que esta situación se presenta ante dos puntos importantes, la conducta del delincuente y la penalidad que le dan como resultado de tal. En distintos puntos de vista, podemos abordar que la conducta antisocial es una conducta que hace predisponente a delinquir, como el claro ejemplo que observamos en la película, las personas que adoptan esta conducta son aquellas las cuales no siguen ni respetan los valores básicos de la sociedad y agreden el bien común, orillándolos a contravenir la Ley y haciendo a la persona merecedora de una pena por parte de la autoridad; pero, ¿Fue correcta la pena que le asignaron? Pudiéndonos preguntar frecuentemente, ¿es necesario? o bien, ¿es justo privar de la vida a una persona por el acto delictuoso que ha realizado?

    En el Artículo 22 párrafo primero de nuestra Constitución nos expresa ´´Quedan prohibidas las penas de muerte´´, nuestra legislación es muy explícita y clara en este sentido, al poner que la pena de muerte está prohibida o sea en ninguna circunstancia se podrá aplicar este medio de represión. Podemos compararlo con la Organización de los Estados Americanos (OEA) que nos manifiesta claramente el DERECHO A LA VIDA del cual podemos gozar todos, o bien con la Convención Americana de Derechos Humanos (en la cual expresan que la pena de muerte queda estrictamente prohibida y nos declara el respeto a la vida de las personas, todos aquellos Estados partes de esta Convención están de acuerdo en la no aplicación de éste correctivo), o de igual forma podemos referenciar a la Unión Europea la cual declara que si algún País quisiera integrarse deberá primero abolir la pena capital puesto que, aún hay países que mantienen esta penalidad para delitos graves. Esto siempre con el fin de incrementar el respeto de los derechos humanos y, por ende, la dignidad humana en los terceros países.

    Al momento de tratar en nuestras legislaciones con el Derecho a la vida nos percatamos de que nos brindan seguridad y posición para saber y estar conscientes de que nadie puede abusar de ese derecho, y podemos deducir que en los tiempos que era permitido y ahora en la actualidad por los países que aún la ejerce, están violando el derecho principal inalienable de una persona que es su DERECHO A VIVIR, no puede la autoridad deducir en que momento desea dictar una sentencia con castigo de pena de muerte, los tratados la UE y la OEA, abolen este tipo de penas y queda por demás que expresar que estoy en suma concordancia, puesto que aun así se merezca un formidable castigo no debemos violar el derecho más importante de una persona.

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  4. Gonzalez Cárdenas Eva Angelina dijo:

    A lo largo de la existencia humana, la sociedad ha adoptado un estilo de vida caracterizado como normal, mejor conocido como una conducta social donde todo ciudadano respeta y sigue al pie de la letra cada norma establecida, la cual se asegura de garantizar una sana convivencia entre los ciudadanos, pero por ser humanos imperfectas siempre se mantendrá presente la conducta antisocial o los hechos delictivos, los cuales son clasificados conforme a su gravedad al igual que las condenas.
    Independientemente del delito cometido siempre se tratara de buscar una venganza a través de la ley de manera precisa porque se busca que el sujeto activo pague por el hecho cometido, un claro ejemplo de la manera en la cual se busca reprimir o castigas es la pena de muerte donde al sujeto se le priva de sus derechos civiles y se ignora que es un ser humano el cual cometió un error que se pude resarcir, sin embrago se le toma más preferencia al resarcimiento y a castigar con el mismo sufrimiento que se ocasiono.
    Todo ser vivo tiene derecho a la vida por lo tanto se debe respetar, pero al momento de privar de la vida a otra persona se pone en juego el respeto del derecho a la vida por parte de quien ha cometido el hecho delictivo, y más en aquellos Estado en los cuales no se ha abolido la pena de muerte, porque como ya antes se mencionó, se pierden los derechos civiles y es casi imposible conseguir la amnistía para el acusado, humanitariamente es deplorable la pena de muerte pero jurídicamente es una condena aceptable y justa.
    La pena de muerte es un asunto controvertido, ya que si se observa la situación desde la perspectiva de la víctima se considera justa la condena, ya que aliviara el dolor de la familia afectada, pero si se observa la situación desde la perspectiva del condenado se cree justa una segunda oportunidad para corregir el daño al igual que reeducar al sujeto activo, no siempre la respuesta para una solución se encuentra en tratar de imponer un castigo igualitario a lo cometido, sino se encuentra en resarcir los daños y en dar una perfecta reeducación.

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  5. Erika Gup. Coronado Barrios dijo:

    Esta película te pone en un muy controversial alegato ya que es de aquí de donde nace la cuestión ¿justo quitar la vida de una persona por el hecho de que esta ha arrebatado la vida de otra? Si es así entonces ¿sería justicia o venganza? La diferencia entre ambas no es más que la finalidad de cada una de la justicia no se pretende más que, juzgar siempre respetando a verdad y dando a cada uno lo que le corresponde por otro lado la venganza no pretende más que una insana compensación por el agravio recibido.
    En la película nos muestran a un desafortunado joven al que no le es dado ningún tipo de remordimiento cuando se trata de arrebatar la vida de personas para él, el arrebatar la vida de una persona no lleva ningún tipo de pesar moral debido a esto el joven no ve limitaciones al realizarlo, por tal motivo es juzgado y sentenciado a la misma condena que decidió darle a sus víctimas, la muerte, haciendo un paréntesis de esto, me parece lo menos correcto, si de justicia hablamos, el castigar a un persona que ha arrebatando vidas ajenas, el quitarle su propia vida, ¿Qué mensaje se supone que se envía con eso? ¿Si matas serás condenado a morir? De qué sirve el castigo entonces si la justicia muestra la misma falta de piedad, se supo que de esta acción sale una enseñanza? Sería entonces una cadena de muerte se condena el enjuiciado y este es asesinado y entonces quien castiga a su asesino?
    La organización de los estados americanos (OEA) es un protocolo en el cual queda abolida la pena de muerte en esta se limita de manera absoluta la pena de muerte a través del castigo, en mi opinión es mucho mejor así ya que se supone que la finalidad de juzgar a alguien y dictar una pena es precisamente la reinserción de la persona antisocial ¿Cuándo se daría la reinserción a través de la pena de muerte?

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  6. Glendy Maritza Flores Arevalo dijo:

    La pena de muerte es tan antigua que se remonta a los principios de la historia, ya sea que se matara a prisioneros de guerra, criminales o disidentes políticos o blasfemos religiosos, la pena de muerte, pena capital o ejecución ha sido el método para castigar los crímenes llamados capitales.

    En la actualidad la pena de muerte de ha abolido en la mayoría de los países. Pero en los que todavía se lleva a cabo esta práctica es por castigo a los crímenes de asesinato, espionaje o traición e incluso delitos como la homofobia o el adulterio. Pero en general es más utilizada para castigar a los criminales condenados por asesinato, siguiendo la práctica talionaría, ojo por ojo, aunque dicha práctica, no resarce el daño realizado, más bien, es una especie de venganza, algo así, como el me hizo, nosotros le hacemos, si el mato, él debe morir.

    La pena de muerte, como castigo debe de desaparecer, nadie debe de tener el derecho a decidir sobre la vida de otro ser humano, sin importar el crimen que se esté castigando. El crimen más atroz que se puede cometer es el asesinato, ya que este no tiene modo de resarcir en lo más mínimo el daño causado, por tal motivo el uso de la pena de muerte para castigar el asesinato, no es más que justificar otro asesinato. Ya que esta acción, no traerá paz a los familiares de la víctima, sobre todo en una sociedad cada día mas consiente de este hecho.

    Buscar venganza a través de otra muerte, te hace igualmente culpable asesinato, entonces, también deberían matar a esa persona por quitar otra vida, y así sucesivamente. En algún punto, alguien debería parar y voltear hacia atrás para ver la larga fila de cadáveres que se dejan en pos de una justicia que no es ciega, ni justa, solo vengativa.

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  7. Daniela Gutierrez dijo:

    De acuerdo con el artículo cuarto en relación con la pena de muerte, muestra que esta pena aún no se ha abolido en algunos países, aunque de igual manera menciona que la vida es un derecho esencial del ser humano, la cual no debe ser privada por nadie.
    En cuestión a la película “No mataras”, estoy de acuerdo en que la vida es un derecho del ser humano, pero en base a la actitud del homicida, quien priva de la vida a una persona que simplemente trabajada para sacar adelante a su familia. Y observando la forma en que le quito la vida a esta persona, muestra que lo hizo sin piedad, este tipo de psicópatas, no deben existir, por tal motivo, me parece bien que le hayan aplicado la pena de muerte, aunque siendo muy joven, pero esto no quita que el día de mañana cometiera delitos a más grandes rasgos.
    La forma en que es aplicada la pena de muerte en ese país, es difícil para que un abogado gane el juicio, dado al caso visto, el defensor de este delincuente hizo lo necesario para que no fuese ejecutado. Pero como dijo el juez, que sus argumentos del abogado eran muy buenos, esto hace ver, que la pena de muerte en tal país, se ejecuta en base a la ley que ellos tienen, y aunque alguien quiera evitar que no se dé la pena de muerte ante una persona que ha cometido un delito grave, esto no se podrá evitar porque si la ley dice que se debe ejecutar con esta pena, así debe ser, y nada lo podrá cambiar. Aunque hoy en día, el gobierno, ya no solo de nuestro país si no de varios, buscan solo beneficio para ellos, tal vez en el nuestro ya no se dé la pena de muerte, pero esto no quita que exista alguna sanción para aquellos que delinquen, y en ocasiones las autoridades abusan de ello, con las personas que no saben defenderse, y siendo que estas no cometen algún delito grave.

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  8. Hernandez Rivas Yuria dijo:

    No mataras
    La sociedad ha adoptado una manera de vivir, y para seguir adelante y que supuestamente la sociedad avance se creó la pena de muerte, esta se aplicaría a toda persona que cometiera delitos graves que fue lo que paso con este joven que salió de su casa a una corta edad y que su conducta antisocial y su subconsciente pareciera que le llamaran para que cometiera lo ocurrido, un asesinato por ahorcamiento que lo cometió sin algún arrepentimiento o culpa lo miraba normal como si hubiese hecho un bien a la sociedad , sociedad que lo sentencio morir de la a mismo forma, su castigo fue morir ahorcado, pero realmente fue un castigo quietarle la vida, solo porque realmente el arrebato la vida de otra persona.
    La vida es un derecho para todo ser humano lo afirma la Comisión Americana De Los Derechos Humanos, y la pena de muerte es un castigo antiguo que se basa en quitarle la vida a las personas pera que no sigan cometiendo los delitos por los que fueron detenidos y juzgados.
    La Organización de los Estados Americanos, fue realizada para que los estados e unieran y con ello renunciaran la pena de muerte, país como el de México que alrededor de año 2007, el presidente electo de México se unió, protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, lo cual considero que hizo mal ya que en México se cometen miles de delitos y simplemente se les castiga, la vida es un derecho inalienable, pero los criminales no respetan tal delito, pero la pena de muerta sería un dolor para la familia del criminal, dolor que la familia de la víctima ya paso, realmente es un tema bastante amplio y se mirara desde el punto que mejor convenga al ofendido como al criminal.

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  9. Esbely Itzel Oseguera Portillo dijo:

    No mataras:
    “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida, nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente” Todos merecemos vivir nuestra vida como nos plazca mientras no quebrantemos ninguna ley, al igual que no tenemos derecho de privar de la vida a nadie. La pena de muerte, en los países que aún lo tiene como castigo debe ser por un crimen realmente grabe y debe ser autorizado por el tribunal competente, lo cual yo considero que es algo positivo ya que la pena de muerte ya no es utilizada tanto como antes una persona no merece morir y ser privada de su vida, quizá merezca un castigo y hasta estar en prisión varios años, pero no la muerte. Esas personas que cometen crímenes así necesitan ayuda psicológica yo considero que como no es su vida no tienen el derecho de privar a una persona de tal. La OEA y de la Unión Europea están ahora en contra la pena de muerte eso nos explica en dicho documento, yo estoy de acuerdo con eso nadie merece ser privado de su vida.
    En esta historia relatan la vida de un joven muy distante, frio que cada vez se siente más excluido, no se siente como parte de la sociedad siente un gran rechazo, comienza a realizar acciones que van en contra, llega un punto en donde decide matar a un taxista, lo privada de la vida al momento de hacerlo se nota que tiene miedo pero lo continua haciendo y al final cuando está apunto de quitarle la vida al señor se ve el arrepentimiento de no querer seguir como que lo duda pero igual lo hace lo termina matando.
    Al final de la historia la atrapan y lo meten a prisión pero en su juicio lo condenan a la pena de muerte el abogado que tomo su caso intento ganar intento salvarlo pero no tuvo éxito se ve como el joven tiene bastante miedo de morir y aun así lo matan lo ahorcan, esto sucede en un cuarto en donde ya tiene todo preparado para quitarle la vida, la pregunta es ¿Qué se pudo haber hecho, para que el no llegar a tal grado de matar? Él joven tiene a su mama a la que demuestra amar mucho, fue acaso tanto el rechazo que sintió.

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  10. Victor Ernesto Macias Felix dijo:

    El derecho a la vida
    Todo ser humano tiene derecho al vida desde que nace es inherente y esta rectificado por la comisión americana de los derechos humanos él lo cual dice que todo ser humanos tiene derecho al vida pero a ir nos lleva dicho derecho si vamos por el sendero de la ley nos lleva a una vida digna y prospera pero cuando no aceman lo mismo que la sociedad nos empiezan a criticar y señalar que nuca aremos nada de nuestra vida creo que todo ser humano tiene derecho a elijar lo que piensa aser con so vida sin necesidad de criticas
    En la película no matas se basa en la vida de un muchacho joven que por situaciones inesperadas toma la vida de otro hombre y atabes de un juicio lo sentencia a la pena de muerte está bien que lo hayan llevado a juicio diplomáticamente pero a la hora de dictar sentencia declarar plena de muere no entiendo como puede esto colaborar a la justicia del difunto no creo que sea ya forma de poder darle justicia a este situación todos sabemos que está mal privar de la vida a otro pero el castigo que se base en la pena de muerte estaríamos casi asumiendo la ley de talión
    Por otro lado el protocolo sobre derechos humanos en uno de sus puntos nos dice que la pena de muerte impide una rehabilitación al procesado, enmendarlo, subsanar su error judicial, la verdad es que yo creo que existen personas las cuales son imposibles de rehabilitar y que es muy poco probable que puedan aportar algo positivo a la sociedad.
    La organización de los estados americanos es un protocolo en el cual queda abolida la pena de muerte y los estados que decidan adherirse a este están de acuerdo en que la pena de muerte no se lleve a cabo, protocolo en el cual se encuentra nuestro país en donde esta actividad está prohibida y no existirá regresión alguna.
    En conclusión y como mencione anteriormente la vida es un derecho inalienable, pero hay personas que en realidad hacen tanto daño que no lo merecen.

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  11. jesus Giovanni Sañudo Villa dijo:

    El derecho a la vida
    Todo ser umano tiene derecho en la vida puesto que en este lado del mundo la convenrcion americana de derechos humanos no ase contar que el sser humano desde que nace cuenta con ciertos derechos inherentes que nadie ni nadie le puede quita pero al pensar en la pena de muerte, abordamos un tema sumamente grave y debatido puesto a la posición en la que nos encontramos como sociedad; dado que podemos aceptarla u objetarla dependiendo siempre desde que lado lo estemos acimilando ya sea que puedes ser la victima o el victimario de este delito la estemos considerando, por ejemplo: si estuviéramos expuestos a ser condenado a pena de muerte nosotros mismos, estaríamos en desacuerdo objetaríamos la violación de nuestro derecho, pero sin embargo; si alguno de nuestros familiares o amigos fuera víctima de alguno de los delitos más graves, exigiríamos que este castigo fuese aplicado contra el culpable de dicho acto. Es así como se presta a muchas controversias de aceptación o repudiación de la pena capital.
    En la película ¨no matarás¨ nos relata la historia de un joven el cual se comporta de una manera agresiva ante la sociedad, muestra indiferencia y represión ante ésta, lo cual sus comportamientos cada vez son más agravantes para su entorno y lo orillan a cometer un delito y la consecuencia que obtuvo ante la justicia fue la senencia de muerte a la pena de muerte.
    Es importante señalar este suceso ya que podemos observar que esta situación se presenta ante dos puntos importantes, la conducta del delincuente y la penalidad que le dan como resultado de tal. En distintos puntos de vista, podemos abordar que la conducta antisocial es una conducta que hace predisponente a delinquir, como el claro ejemplo que observamos en la película, las personas que adoptan esta conducta son aquellas las cuales no siguen ni respetan los valores básicos de la sociedad y agreden el bien común, orillándolos a contravenir la Ley y haciendo a la persona merecedora de una pena por parte de la autoridad; pero, ¿Fue correcta la pena que le asignaron? Pudiéndonos preguntar frecuentemente, ¿es necesario? o bien, ¿es justo privar de la vida a una persona por el acto delictuoso que ha realizado?
    En el Artículo 22 párrafo primero de nuestra Constitución nos expresa ´´Quedan prohibidas las penas de muerte´´, nuestra legislación es muy explícita y clara en este sentido, al poner que la pena de muerte está prohibida o sea en ninguna circunstancia se podrá aplicar este medio de represión. Podemos compararlo con la Organización de los Estados Americanos (OEA) que nos manifiesta claramente el DERECHO A LA VIDA del cual podemos gozar todos, o bien con la Convención Americana de Derechos Humanos (en la cual expresan que la pena de muerte queda estrictamente prohibida y nos declara el respeto a la vida de las personas, todos aquellos Estados partes de esta Convención están de acuerdo en la no aplicación de éste correctivo), o de igual forma podemos referenciar a la Unión Europea la cual declara que si algún País quisiera integrarse deberá primero abolir la pena capital puesto que, aún hay países que mantienen esta penalidad para delitos graves. Esto siempre con el fin de incrementar el respeto de los derechos humanos y, por ende, la dignidad humana en los terceros países.

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    • Omar19762022 dijo:

      Plagio de la tarea presentada por MIRIAM AYDEÉ AYALA PÉREZ, localizada en los comentarios que anteceden, el 14 de octubre de 2016 a las 13:25 horas, https://derechoshumanosudci.wordpress.com/2016/09/28/foro-2-octubre-decalogo-num-5-no-mataras-la-pena-de-muerte-2016-iii/#comment-240

      Calificación de cero y reporte de la falta académica.

      El texto de la tarea de la alumna es el siguiente:

      Todo ser umano tiene derecho en la vida puesto que en este lado del mundo la convenrcion americana de derechos humanos no ase contar que el sser humano desde que nace cuenta con ciertos derechos inherentes que nadie ni nadie le puede quita pero al pensar en la pena de muerte, abordamos un tema sumamente grave y debatido puesto a la posición en la que nos encontramos como sociedad; dado que podemos aceptarla u objetarla dependiendo siempre desde que lado lo estemos acimilando ya sea que puedes ser la victima o el victimario de este delito la estemos considerando, por ejemplo: si estuviéramos expuestos a ser condenado a pena de muerte nosotros mismos, estaríamos en desacuerdo objetaríamos la violación de nuestro derecho, pero sin embargo; si alguno de nuestros familiares o amigos fuera víctima de alguno de los delitos más graves, exigiríamos que este castigo fuese aplicado contra el culpable de dicho acto. Es así como se presta a muchas controversias de aceptación o repudiación de la pena capital.

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      • Omar19762022 dijo:

        En la película ¨no matarás¨ nos relata la historia de un joven el cual se comporta de una manera agresiva ante la sociedad, muestra indiferencia y represión ante ésta, lo cual sus comportamientos cada vez son más agravantes para su entorno y lo orillan a cometer un delito y la consecuencia que obtuvo ante la justicia fue la SENTENCIA a la PENA DE MUERTE.
        Es importante señalar este suceso ya que podemos observar que esta situación se presenta ante dos puntos importantes, la conducta del delincuente y la penalidad que le dan como resultado de tal. En distintos puntos de vista, podemos abordar que la conducta antisocial es una conducta que hace predisponente a delinquir, como el claro ejemplo que observamos en la película, las personas que adoptan esta conducta son aquellas las cuales no siguen ni respetan los valores básicos de la sociedad y agreden el bien común, orillándolos a contravenir la Ley y haciendo a la persona merecedora de una pena por parte de la autoridad; pero, ¿Fue correcta la pena que le asignaron? Pudiéndonos preguntar frecuentemente, ¿es necesario? o bien, ¿es justo privar de la vida a una persona por el acto delictuoso que ha realizado?
        En el Artículo 22 párrafo primero de nuestra Constitución nos expresa ´´Quedan prohibidas las penas de muerte´´, nuestra legislación es muy explícita y clara en este sentido, al poner que la pena de muerte está prohibida o sea en ninguna circunstancia se podrá aplicar este medio de represión. Podemos compararlo con la Organización de los Estados Americanos (OEA) que nos manifiesta claramente el DERECHO A LA VIDA del cual podemos gozar todos, o bien con la Convención Americana de Derechos Humanos (en la cual expresan que la pena de muerte queda estrictamente prohibida y nos declara el respeto a la vida de las personas, todos aquellos Estados partes de esta Convención están de acuerdo en la no aplicación de éste correctivo), o de igual forma podemos referenciar a la Unión Europea la cual declara que si algún País quisiera integrarse deberá primero abolir la pena capital puesto que, aún hay países que mantienen esta penalidad para delitos graves. Esto siempre con el fin de incrementar el respeto de los derechos humanos y, por ende, la dignidad humana en los terceros países.
        Al momento de tratar en nuestras legislaciones con el Derecho a la vida nos percatamos de que nos brindan seguridad y posición para saber y estar conscientes de que nadie puede abusar de ese derecho, y podemos deducir que en los tiempos que era permitido y ahora en la actualidad por los países que aún la ejerce, están violando el derecho principal inalienable de una persona que es su DERECHO A VIVIR, no puede la autoridad deducir en que momento desea dictar una sentencia con castigo de pena de muerte, los tratados la UE y la OEA, abolen este tipo de penas y queda por demás que expresar que estoy en suma concordancia, puesto que aun así se merezca un formidable castigo no debemos violar el derecho más importante de una persona.

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  12. Melissa Vazquez Villegas dijo:

    Foro 2 octubre. Decálogo núm. 5: “No matarás”. La pena de muerte. 2016-III.
    En esta película la conducta antisocial y la pena de muerte como medida represiva se aborda de una manera totalmente fría ya que el hecho de que se aplicase la pena de muerte a una persona por privarle la vida a otra tal como fue el caso en esta película se proyectó de una manera brutal. La pena de muerte que se aplica hoy en día en varios países pienso que se proyecta de alguna manera como un suplicio como en los tiempos medievales aunque hoy en día en las penas no se aplican de una manera tan sádica como eran las penas de antes. Estoy de acuerdo que de acuerdo al delito que se cometa se tenga que atener a una consecuencia pero ¿Porque la autoridad tiene que jugar el papel de Dios para hacer justicia?, ¿Por qué se tiene que aceptar el hecho de que la autoridad en ciertas partes sea la que decida la que se va acabar con la vida de alguien por un delito que se cometió? De acuerdo a la carta de los derechos humanos de la unión Europea según el artículo 4to nos dice que Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Mientras que se ha visto que en otros países usan como método de tortura la silla eléctrica como parte final la muerte, la inyección letal entre otras. En mi opinión ni la autoridad debería de tener el poder de decidir sobre la vida de otros aunque el delito que se haya cometido no pueda tener perdón del ofendido ni reparación alguna del daño. Ya que se tiene suficiente con que se le suspendan los derechos civiles a la persona que este por alguna causa penal.

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  13. !!!!ALEJANDRO ROJAS!!!! dijo:

    NO MATARAS
    Trata de un un joven llamada jacek que mata a un taxista pero si observamos a jacek el se siente solo por su familia que abandono en especial a su hermana considero que eso fue lo que lo llevo a delinquir pero entrando a tema quienes tienes tienen derecho a la vida? se supones que todos tenemos derecho a nacer pero por que otras personas pueden decidir el destino de otros por ejemplo jacek mato a un taxista pero quien tiene el derecho de privar de la vida jacek fue condenado a muerte que nos dice la CONCENCION AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en el articulo 4 Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. ese punto queda claro pero por que otros deciden sobre la propia vida de uno! ejemplo jacek privo de la vida al taxista la convencio privo de la vida a jacek entonces seguiriamos en el mismo circulo todos deciden sobre de privar o no la vida entrariamos en contradiccion recordemos que jacek se sentia solo esta pelicula narra varios simbolos y numeros metaforicos esta pelicula no solamente nos habla del asesinato si no tambuien del asesinato desde el punto de vista del individuo si no tambien del asesinato moral y fisico de la sociedad y de la politica por que otros deciden sobre quienes pueden asesinar u matar y quienes no! esta pelicula deja muy en claro que la vida es un derecho y nadie puede arrebatarterlo ninuguna institucion, ninguna situacion Podemos criticar y no estar de acuerdo con ese atroz asesinato que comete Jacek ¿pero por que estar de acuerdo con ese otro asesinato que comete la justicia? pero Una violencia que se usa como castigo hacia de alguien que ya tiene semejante castigo en su conciencia, no hay peor infierno que el no tener la conciencia tranquila debido a la culpa tambien la misma justicia crrea a estos propios monstruos pero luego no tienen la manera de controlarlos y deciden por matarlos otro punto que tenemos es sobre la (OEA) Organizacion de los Estados Americanos esta organizacion tiene por objeto un protocolo que esta prohibida la pena de muerte ya esta en vigor en Mexico y esta organizacion esta en desacuerdo con la pena de muerte todos estamos de acuerdo a que se le castigue al delincuente pero recordemos nadie tiene derecho a privar de la vida a otros…..

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  14. Luisa Esmeralda Del Rio Rodriguez dijo:

    Todos los días leemos que las personas se matan día con día unas a otras y eso me da mucha tristeza por cada vez vivimos en un lugar de soberbia y de desamor.
    En la película no mataras aborda un tema muy delicado que nos hace entran en debate por la posición que nos encontramos como ciudadanos, donde toda persona tiene derecho a la vida sin que nadie manipule de ella solo nosotros mismos con una justa razón. En la película nos hace mirar de una persona que no tiene un buen comportamiento ante la sociedad, en donde miramos que el sujeto no tiene ni la vergüenza, ni el miedo de quitarle la vida a las personas, es donde el juez decide que se le quitara la vida por las acciones que tiene antisociales.
    Mi criterio como ser humano es que tenemos derecho a la vida pero por las acciones de este hombre se merece la pena de muerte, pero también estoy consciente que nadie nos debe arrebatar la vida solo por antojo ya que hay otras maneras de poner en cintura a estar personas que actúan de una manera sin moral.
    En nuestro país no es aceptable la pena de muerte por no tienen derecho de arrebatar la vida de cualquier ciudadano, a las personas que hacen malas acciones contra otro sujeto se les sanciona de una manera diferente, puede ser con una penalidad al criterio del juez de los actos que llevo a cabo la persona o por qué decidió llegar a esa situación para acabar la vida de la otra.
    Nadie tiene derecho de quitarnos la vida solo por antojo o nada mas asi porque si, a menos que tengas un padecer muy grave y eres incapaz de sostenerte a ti mismo para sobrevivir ante la sociedad de manera normal hacia los demás.

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  15. martinez ornelas adriana elizabeth dijo:

    El artículo 4, de la convención Americana de Derechos Humanos nos dice claramente Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
    2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. La ley determina como somos y como vivimos, podemos cumplirla o violarla.
    Esta película es de iniciativa privada al principio muestra, la venganza, después veremos el dialogo en el juicio, y por último el dialogo que tiene el abogado con el muchacho, antes de morir.
    El hecho delictivo que se comete se trata de sancionar a través de la justicia, con la pena de muerte, para que pague por la violación que cometió al derecho a la vida, vemos un claro ejemplo en la cual es un sujeto que delinque, que no tiene limitaciones al hacerlo, por la manera de estrangulación que le hizo a la victima sin el remordimiento por privar de la vida a otra persona y por esa acción que sostuvo se castiga y lo sancionan de igual manera quitándole la vida por el del daño que el ocasiono (“ pena de muerte”)
    Desafortunadamente le toco a un señor morir de la manejara más cruel. Es por ello que es cuando le arrebatar la vida, sin su consentimiento.
    Creo yo que la pena de muerte debería de ser aceptada y debería de ser justa solo en algunos casos, ya que es algo que no está permitido, porque es un derecho que tenemos “la vida” y al privar de la vida estamos violentando sus garantías individuales, ya que cave de mencionar que son personas que si delinquen una vez lo aran repetidamente sin el remordimiento.

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  16. ociel david orozco gonzalez dijo:

    La pena de muerte aunque en nuestro país se encuentra totalmente abolida en la antigüedad existen y causo grande estragos en la sociedad existió solo con fin de matar sus victimas si no como una forma de causar temor y pánico en la sociedad y así mantenerlos en el dominio en que se tenían, la pena de muerte en épocas pasadas era usada más que como un método de justicia como un método de tortura la muerte era solo la consecuencia básica, este tema se vivió en sangre puso hace muchos años atrás sin embargo dejo una gran enseñanza, de donde salió el castigo de la muerte y la tortura? ¿Qué nos dejo como enseñanza? Lo que en ensayos anteriores se pudo ver de esto fue la falta de humanidad a la hora de desempeñar este papel y la inutilidad de este castigo para las metas actuales.
    El tocar de nuevo este tema me parece muy interesante ya que me parece muy controversial el hecho de matar a alguien por el hecho de que esta personas mato a alguien más ¿qué hay de cierto en que la meta central de la justicia o la penalidad es la reinserción del delincuente? Si en alguna medida esto es cierto ¿cómo puede un delincuente vivir la reinserción ya después de ver cumplida su pena? Siendo esta la pena de muerte, no solo no existe reinserción si no que se estaría aplicando una venganza en lugar de una justicia, el condenar a muerte a un asesino no revive a sus víctimas sin embargo esto genera una víctima más esto es entonces una consecuencia negativa de la pena.
    En la película se plante este hecho como puede el juzgarse aun asesino a muerte por el hecho de que este anteriormente mato a alguien en mi opinión el mejor método seria el estudiar sus casusas el ver cómo es que paso de ser un individuo normal a ser un asesino que nación en el que lo llevo a comer este delito, esto en mi opinión y con el tratamiento adecuado si puede cumplir la meta de la justicia que es la reinserción sin provocar mas victimas.

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  17. Jose Manuel Arthur Lares dijo:

    Foro 2 octubre. Decálogo núm. 5: “No matarás”. La pena de muerte. 2016-III.
    El derecho a la vida es un derecho inalienable y es un derecho por naturaleza del hombre y así mismo la vida es protegida por la ley desde el momento de la concepción. Pero si la ley protege la vida porque también esta tiene la capacidad de poder quitárnosla?
    La ley se contradice en este hecho ya que si la protege porque es capaz de arrebatarla?. Según otras legislaciones la pena de muerte solo se aplica a los delitos con más gravedad en este caso como en la película ilustrada en clase “No mataras” la pena de muerte se le aplico al delito al individuo por privar de la vida a alguien, pero acaso quitarle la vida al sujeto activo en este delito es la manera de reparar el daño?.
    Dejándonos de la familia que dejo sin un miembro de la familia, inconsolables, una viuda, o un menor de edad que privado de su vida. Privar de la vida a alguien no es la manera de tratar el asunto sino que se trata de ver en el fondo porque fue que lo motivo a hacerlo y no solamente aplicar la ley del talión ya que estamos en el siglo 21 para que estas penas sigan siendo aplicadas a sí mismo como las torturas ya que simplemente son suplicios que la gente sufre y que estas mismas tácticas solo son huellas que la época medieval dejo prácticamente es el legado que aún se sigue empleando. El delincuente en ciertos casos cuando tiene la noción y la carga del delito que comete todavía debe de vivir con el rato que le queda asimilando que se le será aplicada una pena con la que el mismo le hizo a su víctima, en estos casos y como en el nuevo sistema penal la idea es la reinserción y otros métodos más adecuados.

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